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LA COBERTURA DEL RIESGO DE DEPENDENCIA EN PERSONAS MAYORES

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Joaquín Pedruelo (Director de Mercado Asegurador de Aon)

(Hace unas semanas, Joaquín Pedruelo tuvo el detalle de mandarme un ejemplar de su tesis doctoral «Envejecimiento, dependencia e instrumentos de seguro colectivo» para que la leyera y le diera mi opinión. Así lo hice y tengo que afirmar que nos encontramos ante un trabajo riguroso, muy bien documentado, escrito con una claridad y corrección magnífica y que aborda propuestas prácticas de lo que podría ser un plan de acción para aquellas compañías que quieren implicarse en esta nueva vía de actividad aseguradora en España. Es un trabajo que analiza de manera prolija el seguro de dependencia en los Estados Unidos y Francia al tiempo que reflexiona sobre la problemática española que no deja de estar más bien en punto muerto. No parece que haya ninguna voluntad en el seguro privado de volcarse en ello, quizás ante bastantes indefiniciones del marco aplicable. Joaquín Pedruelo, inicia con el post siguiente, sobre la dependencia y seguro,  su colaboración en el blog haciendo votos de que continúe mucho tiempo. Seguro que los lectores del blog lo valorarán positivamente)

Escribe: Joaquín Pedruelo, Director de Mercado Asegurador de Aon.

LA COBERTURA DEL RIESGO DE DEPENDENCIA EN PERSONAS MAYORES

El fenómeno del envejecimiento no es nuevo, sí lo es en cambio la magnitud del mismo; además de caracterizarse por ser un fenómeno generalizado e irreversible en todas las sociedades, evoluciona indefectiblemente a una tasa creciente en todas ellas Las proyecciones de Naciones Unidas apuntan a que mientras la población mundial crecerá entre 2005 y 2050 un 40,30%, la población de más de 65 años casi se multiplicará por tres en ese mismo período; en esa misma línea, el grupo de población de más de 80 años pasará de representar el 1,1% en el año 2000 a un 4,4% en las proyecciones que Naciones Unidas realiza al año 2050.

La construcción del Estado de Bienestar en los países desarrollados comenzó a producirse en el ámbito de una sociedad todavía joven cuyas preocupaciones estaban relacionadas con la construcción de los sistemas educativo y sanitario. No es sino a partir de principios de la década de los setenta cuando los gobiernos comenzaron a preocuparse por las pensiones. Desde entonces éste ha sido el elemento fundamental del debate político en lo que se refiere a las personas mayores, y su importancia en términos de flujo de recursos públicos ha sido de tal magnitud, que ha impedido la entrada en la escena pública de ningún otro concepto de gasto social relacionado con los mayores.

En la década de los noventa comenzaron a producirse una serie de cambios sociológicos de primera magnitud que han ido contribuyendo a que la sociedad vaya tomando conciencia de la enorme importancia que tienen los cuidados a las personas mayores: la aparición de nuevos hogares monoparentales y de parejas de hecho; el desdibujamiento de la institución familiar; el retraso en la edad de matrimonio; la creciente movilidad geográfica derivada de causas laborales; el retraso en la edad de independencia de los hijos; o la disminución en el tamaño medio de las viviendas. Todos ellos son factores importantes pero, sin duda, el que provoca un mayor impacto en la atención que se dispensa a la población mayor, es el cambio del rol de la mujer y su creciente incorporación al mercado laboral.

La prestación social a las personas mayores responde en la mayoría de los países al modelo “universal” en el que la atención se entiende como un derecho subjetivo, innato al ciudadano por el mero hecho de serlo. En este modelo, los cuidados de larga duración se entienden como el cuarto pilar del Estado de Bienestar tras la educación, la sanidad y las pensiones.

En España existía hasta la entrada en vigor de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a personas en situación de dependencia una concepción asistencialista, de manera que el apoyo de la Administración había estado basado en la prueba de medios del individuo beneficiario del servicio. La Ley supone la implantación de un modelo integral y universal de atención a la dependencia, que sustituye a las diversas respuestas parciales que hasta entonces venían ofreciéndose desde  el ámbito de prestaciones de Seguridad Social.

Esta iniciativa pública ayudará a que el público en general tome conciencia de la necesidad de dedicar parte de sus ahorros a cubrir este riesgo. Sin embargo, parece claro que la cobertura exclusivamente pública de la dependencia es inviable, debido a la enorme cantidad de recursos económicos que requiere, y que no tiene que ver tanto con que el modelo de atención universal sea muy costoso, o que la población esté envejeciendo, como que la población que demanda cuidados de larga duración crece a un ritmo mucho más elevado que los recursos que la sociedad es capaz de aportar.

La búsqueda de financiación que garantice la sostenibilidad del sistema a largo plazo es probablemente el elemento más importante a resolver, por eso es necesario disponer de todas las fuentes de financiación posibles, públicas y privadas. La introducción de soluciones aseguradoras privadas responde, por tanto, a la necesidad de paliar la necesidad de financiación desde un punto de vista de complementariedad con la provisión pública y con el auto seguro, representado este último en el apoyo que presta la familia.

Llegados a este punto, se me ocurren varias cuestiones que pueden alimentar el debate que en las últimas semanas ha aparecido en la opinión pública en relación con las pensiones, el aumento de la edad de jubilación, el fenómeno del envejecimiento y la atención a las situaciones de dependencia:

  • ¿Existe voluntad política real por parte de la Administración Central y las CC.AA. de contribuir con la financiación tan importante que requiere una adecuada implantación de la Ley de Dependencia?
  • ¿El público en general, tiene conciencia de que el envejecimiento demográfico es un problema real?
  • ¿Se dan las condiciones de fiscalidad necesarias para un desarrollo potente de los seguros privados de dependencia? ¿Es realmente necesario un favorable tratamiento fiscal para que el seguro privado de dependencia experimente crecimientos importantes?
  •  ¿Qué condiciones deberían darse para que la negociación colectiva incluyera la cobertura del riesgo de dependencia (con independencia de que se haga a través de planes de pensiones o productos de seguro) en el diálogo social entre empresarios y sindicatos?

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